RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 000176-2025/SUNAT – DISPONEN ASPECTOS RELACIONADOS AL NUEVO TERMINAL DEL AEROPUERTO JORGE CHÁVEZ

Como se sabe, la Ley del IGV regula la devolución dicho Impuesto que grave la venta de bienes adquiridos por extranjeros no domiciliados que ingresen al país en calidad de turistas, que sean llevados al exterior al retorno a su país por vía aérea o marítima, siempre que los traslade el propio turista, cumpla con los requisitos establecidos en la normativa y que su salida del país se efectúe a través de alguno de los puntos de control obligatorio.

En el marco del citado procedimiento, la presente norma tiene por finalidad señalar la ubicación específica del puesto de control habilitado en el nuevo terminal del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez y la fecha en que este se encuentra operativo.

Al respecto, se dispone que el puesto de control habilitado del mencionado terminal internacional aéreo se encontrará ubicado en la zona de control de preembarque del tercer piso del Aeropuerto Internacional Jorge Chávez.

Dicho puesto de control habilitado se encontrará operativo a partir del 01.06.2025.

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