Dado que en el procedimiento de fiscalización se suelen dar casos en los que los sujetos fiscalizados atienden requerimientos presentando escritos tan voluminosos que exceden el tamaño permitido para su presentación a través del Sistema Integrado del Expediente Virtual para el llevado de expedientes electrónicos (SIEV) o de la Mesa de Partes Virtual (MPV -SUNAT), se ha visto necesario crear en el sistema SOL un canal (denominado Receptor) especialmente destinado para que dichos sujetos presenten tales escritos.
En ese sentido, se ha dispuesto que los sujetos que son parte de un procedimiento de fiscalización, independientemente de que por este se haya generado o no un expediente electrónico de fiscalización, pueden presentar escritos, anexos u otros documentos para atender sus requerimientos a través del Receptor, sin perjuicio de que puedan optar por presentarlos a través del SIEV o de la MPV – SUNAT, siempre que cumplan con lo señalado en la normativa que regula estos medios, o en la mesa de partes de las dependencias de SUNAT o en los Centros de Servicios al Contribuyente a nivel nacional.
Para efecto de la atención del requerimiento a través del Receptor, debe tenerse en cuenta lo siguiente:
- Se debe acceder al sistema SUNAT Operaciones den Línea y ubicar el Receptor.
- Seleccionar el número de la carta de presentación del (de los) agente(s) fiscalizador(es) que esté vinculada al requerimiento que se atenderá.
- Seleccionar el requerimiento que se atenderá con el escrito electrónico de gran volumen (GV) y seguir las instrucciones del sistema para su presentación.
Vigencia: 01.05.2022
Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3sLaAjj