RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA No. 000245-2023/SUNAT – HABILITAN FORMULARIOS DECLARA FÁCIL PARA CUMPLIR CON DISTINTAS DECLARACIONES QUE SE HACÍAN MEDIANTE PDT

A fin de brindar a los deudores tributarios mayores facilidades para presentar sus declaraciones determinativas a través de los formularios declara fácil, se ha estimado conveniente extender su uso para los casos del PDT Otras retenciones – Formulario Virtual No. 617; el PDT ITAN, Formulario Virtual No. 648 y el PDT ITF – Formulario Virtual No. 0695. Ello se hará efectivo a partir del periodo enero de 2024. Sin embargo, se regula su uso opcional para la presentación de declaraciones respecto de los periodos enero de 2020 a diciembre de 2023.

De otro lado, tratándose de la declaración pago del ITAN se ha considerado pertinente que el formulario declara fácil que se habilite no solicite la información complementaria que se viene requiriendo mediante el PDT y que puede obtenerse por otros medios.

Como se recordará, el servicio Mis declaraciones y pagos tiene por objeto facilitar la elaboración y presentación de declaraciones determinativas a través del uso de formularios “Declara Fácil”, modalidad que permite a los contribuyentes cumplir con sus obligaciones tributarias de manera ágil, dado que, a diferencia de los PDT, suelen contar con información personalizada preliminar de cada contribuyente, la cual puede ser ajustada o complementada, según corresponda. Así, se simplifica la presentación de la declaración y se disminuyen los errores de información en la elaboración de la misma; además, no requiere, por parte del contribuyente, descargar el formulario e instalarlo en un PC, como tampoco es necesario actualizar la versión del mismo.

Actualmente, los formularios Declara Fácil se pueden utilizar para varias obligaciones tributarias, como:

  1. Declarar o pagar el IGV mensual, incluyendo compras y ventas en diferentes regímenes (Formularios virtuales Nos. 621, 626, 633, 697).
  2. Pagar el Impuesto a la Renta de segunda categoría por la venta de un inmueble (Formulario 1665).
  3. Pagar el Impuesto a la Renta de cuarta categoría para trabajadores independientes (Formulario 616).
  4. Pagar el Impuesto a la Renta de primera categoría por alquiler de bienes muebles o inmuebles (Formulario 1683).
  5. Realizar pagos del Nuevo RUS (Formulario 1611).
  6. Realizar pagos diversos como tributos, multas y fraccionamientos (Formulario 1662).
  7. Realizar pagos de Essalud, ONP y Essalud +Vida de trabajadores del hogar (Formulario 1676)

Vigencia: 30.11.2023

Para visualizar la publicación completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/410nCZu