Resolución Viceministerial N° 006-2025-EF/15.01 – SE APRUEBAN LOS PRECIOS DE REFERENCIA Y LOS DERECHOS VARIABLES ADICIONALES A QUE SE REFIERE EL DECRETO SUPREMO N° 115-2001-EF, PARA LAS IMPORTACIONES DE MAÍZ, AZÚCAR, ARROZ Y LECHE ENTERA EN POLVO

Mediante el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, se establece el Sistema de Franja de Precios para las importaciones de los productos señalados en el Anexo I; posteriormente, mediante Decreto Supremo N° 115-2001-EF se modificaron los artículos 2, 4 y 7, así como los Anexos II y III de la norma citada en principio.

A través del Decreto Supremo N° 286-2024-EF se actualizaron las Tablas Aduaneras aplicables a la importación de Maíz, Azúcar y Lácteos indicando que tengan vigencia hasta el 31.12.2025, misma vigencia aplicada a la Tabla Aduanera de Arroz.

En ese sentido, de acuerdo con las cotizaciones observadas en el periodo del 1 al 28 de febrero de 2025 y los derechos variables adicionales respectivos, corresponde, mediante la presente Resolución Viceministerial, aprobar los precios de referencia y los derechos variables adicionales a que se refiere el Decreto Supremo N° 115-2001-EF, tal como se señala a continuación:

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