Se acaba de habilitar el servicio “Pagos sin Clave SOL” en SUNAT Virtual, el cual constituye un canal adicional que permitirá efectuar, en forma virtual y sin necesidad de ir a las entidades bancarias, el pago de diversas deudas tributarias, así como la declaración y pago de los aportes facultativos al SNP, en un ambiente distinto a SOL y sin necesidad del uso de la clave SOL.
El servicio Pagos sin Clave SOL permitirá efectuar el pago, entre otras, de las siguientes obligaciones tributarias correspondientes a contribuyentes obligados a cumplirlas utilizando su documento de identidad:
El Impuesto a la Renta correspondiente a:
- Rentas de fuente peruana de no domiciliados, sobre las cuales no procede efectuar la retención del citado impuesto.
- Rentas de fuente peruana de no domiciliados sujetas a retención en la fuente, respecto de las cuales no se hubiera efectuado, total o parcialmente, la retención correspondiente.
- Rentas de quinta categoría percibidas por contribuyentes domiciliados en el país, a quienes no se les hubiera efectuado, total o parcialmente, la retención correspondiente.
Las contribuciones al ESSALUD o a la ONP y las multas asociadas a dichos tributos.
Para el acceso al servicio Pagos sin Clave SOL, por primera vez, el sujeto debe seleccionar la opción relativa a este, ubicada en SUNAT Virtual, y consignar la siguiente información:
- Tipo y número de documento de identidad.
- Nombre(s) y apellidos.
- Una dirección de correo electrónico, la que será validada por SUNAT a través del envío de un código de verificación que debe consignarse conforme a las instrucciones que se brinden para tal efecto.
Para efectuar el pago, el usuario debe ubicar el concepto materia de cancelación. El importe a pagar se cancelará mediante tarjeta de crédito o débito, a través de una única transacción bancaria.
Finalmente, desde el 01.01.2023 los formularios preimpresos Nos. 1073 – Boleta de Pago – Otros (que se empleaba para pagar, por ejemplo, el IR de no domiciliados cuando no se les efectuaba retención) y el 1075 Regímenes Especiales ESSALUD ONP, serán dejados sin efecto.
Vigencia: 01.12.2022
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