• Informativo Legal

RESOLUCIÓN DTR DE LA SUNARP No. 013-2020-SUNARP-DTR – Acuerdos sobre alcance de calificación registral respecto de decisiones de órganos colegiados de personas jurídicas y demás entes

Los acuerdos cuya difusión se aprueba son los referidos a los alcances de la calificación registral de los títulos que se sustentan en decisiones de los órganos colegiados de las personas jurídicas o entes sin personalidad jurídica durante el Estado de Emergencia, en lo referido a la modalidad o medios de realización de sus sesiones, el período de funciones y procedencia de la prórroga de los órganos; así como los criterios que deben adoptarse en la emisión de certificados de vigencia de los órganos de las cooperativas.

Dentro de los referidos acuerdos destacamos los siguientes: (i) respecto de las sesiones presenciales, no serán materia de calificación registral las restricciones al ejercicio de los derechos relativos a las libertades de tránsito y de reunión; (ii) respecto de sesiones no presenciales sin regulación expresa, únicamente corresponde inscribir las sesiones sin convocatoria realizadas con carácter universal; (iii) respecto de los alcances de la calificación del artículo 21° a de la Ley General de Sociedades, se establece que las instancias registrales no son competentes para  la verificación de los medios utilizados para la realización de una sesión de junta general de accionistas no presencial, sin perjuicio que sí se deje constancia de dicha información; entre otros.

Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3kZSpAr