La norma en referencia prorroga el Estado de Emergencia, por el plazo de treinta y un (31) días calendario, a partir del sábado 1 de enero de 2022 y dispone la inmovilización social obligatoria hasta el 16 de enero de 2022, según el nivel de alerta por departamento, conforme al siguiente detalle: (i) nivel de alerta moderado, se establece que el horario de inmovilización será desde las 02:00 horas hasta las 04:00 horas; (ii) nivel de alerta alto, se establece que el horario de inmovilización será desde las 23:00 horas hasta las 04:00 horas; (iii) nivel de alerta muy alto, se establece que el horario de inmovilización será desde las 22:00 horas hasta las 04:00 horas; y, (iv) nivel de alerta extremo, se establece que el horario de inmovilización será desde las 21:00 horas hasta las 04:00 horas de lunes a sábado y los domingos desde las 04:00 horas hasta las 04:00 horas.
Cabe indicar que Lima se encuentra en el nivel de alerta moderado, según se detalla en el cuadro de alerta contenidos en el artículo 2° de la norma bajo comentario.
Asimismo, se establece la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios los días viernes 24 y 31 de diciembre de 2021, desde las 23:00 horas hasta las 4:00 horas del día siguiente, en las provincias del nivel de alerta moderado, estando prohibido todo tipo de reunión y evento social.
De otro lado, la norma precisa la prohibición de la venta y consumo de bebidas alcohólicas, y venta de alimentos en playas, ríos, lagos, lagunas, y piscinas públicas a nivel nacional que los días 25, 26 y 31 de diciembre de 2021, y los días 1 y 2 de enero del 2022.
Para visualizar la norma completa hacer clic en el siguiente enlace: https://bit.ly/3FqWBmz